Se ha efectuado el canje a alrededor del 75 por ciento de las unidades registradas en el padrón vehicular de Yucatán. El 31 de enero de este año, el Ejecutivo del Estado publicó en el Diario Oficial el decreto número 456/2017, mediante el cual se exenta parcialmente o total el pago de derechos vehiculares, para favorecer el cumplimiento de obligaciones fiscales a propietarios y poseedores de vehículos, así como para contribuir a la actualización efectiva del Registro Estatal de Control Vehicular.

La vigencia del decreto concluye el 31 de diciembre. El sábado 30 será el último día para hacer el trámite, en virtud de que el domingo es inhábil.

laminas y aceros modulo.jpg

De acuerdo con el Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán, en sus artículos 75 y 81, todo vehículo que transite en el estado, tiene la obligación de portar la tarjeta de circulación y placas vigentes. En el artículo 76 del citado Reglamento, se señala que las tarjetas de circulación tendrán la misma vigencia que las placas y se expedirán juntamente con éstas, en los casos de emplacamiento o reemplacamiento. 

El mismo Reglamento establece multa de 13 a 15 días de Unidades de Medida y Actualización (UMA) por conducir sin la tarjeta de circulación vigente, y de 9 a 12 días, más la retención del vehículo, por transitar sin placas de circulación, o con ellas siempre que no estén vigentes.

laminas y aceros multa.jpg

La Secretaría de Seguridad Pública en los próximos días hará una revisión de los motivos por los que algunos vehículos no han sido reemplacados, como el caso de los que hayan caído en desuso por siniestro o desperfectos mayores, sin que sus propietarios notificaran la baja, o bien que se hayan dado de alta en alguna otra entidad federativa sin que se comunicara de ese hecho al registro vehicular.

Otros links:

Láminas y Aceros

Las mejores tradiciones para recibir al Año Nuevo 2018

Los autos más ahorradores para este 2018